Por decreto departamental Nro 3854 y 3829 se adecúan los importes correspondientes a la Tabla Bromatológica.
1º-Dispónese que el valor de la tasa que gravará a los controles, exámenes o inspecciones
que se realicen en el marco del presente Decreto, será de $ 2.309,oo (Pesos Uruguayos dos
mil trescientos nueve), los que se abonarán conjuntamente con el derecho de expedición vigente
y el 2% de timbres municipales.
2º - Los contribuyentes que cumplan simultáneamente los siguiente requisitos:
2.1- Certificar radicación en el Departamento de Maldonado.
2.2- Demostrar ser integrantes de alguna cámara empresarial del departamento.
2.3- Tener mano de obra contratada en el Departamento de Maldonado, y
2.4- Utilizar transporte matriculado en el Departamento de Maldonado y poseer depósito
habilitado en el Departamento de Maldonado con Habilitación Higiénica al día.
En tal caso, se beneficiarán con la posibilidad de optar por:
a) El pago mensual de $ 2.128,oo (Pesos Uruguayos dos mil ciento veintiocho) por hasta 10
(diez) controles, exámenes y/o inspecciones por mes.
b) El pago mensual de $ 15.959,oo (Pesos Uruguayos quince mil novecientos cincuenta y nueve)
por desde 11 (once) y hasta 20 (veinte) controles, exámenes y/o inspecciones por mes;y
c) El pago mensual de $ 31.917,oo (Pesos Uruguayos treinta y un mil novecientos diecisiete) por desde 21 (veintiuno) y hasta 30 (treinta) controles, exámenes y/o inspecciones
por mes.
3º -Los valores establecidos precedentemente tendrán vigencia a partir de la fecha de
promulgación de la presente resolución.